Seguro Para Motos de Agua

Si tienes una moto de agua, debes saber que son imprescindibles ciertos requisitos para poder hacer un uso legal de la misma. En primer lugar, si eres el propietario debes tener acreditada la titulación necesaria (que comúnmente será el título de Patrón de Moto Náutica A, B o C). Además, has de ser mayor de edad o, si tienes entre 16 y 18 años, contar con permiso paterno o del tutor para el manejo de la moto.

¿ES OBLIGATORIO DISPONER DE UN SEGURO PARA  MOTOS DE AGUA?

El último de los requisitos fundamentales, de acuerdo al Real Decreto 607/1999 y 259/2002, es el disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil en el caso de ser el propietario, debiéndose añadir un seguro de accidentes si la moto es de alquiler, en la misma medida que las regulaciones del resto de barcos o embarcaciones de recreo.

PRINCIPALES COBERTURAS DE LOS SEGUROS DE MOTOS DE AGUA

La principal cobertura es la responsabilidad civil, que te proporcionará cobertura en los siguientes casos, hasta un límite de gasto de 336.567€, cuyo exceso correrá a cuenta del tomador:

  • Cualquier daño físico producido a terceras personas debido a la posesión y uso de la moto acuática, incluyendo la muerte o incapacidad en varios grados.
  • Cualquier daño material generado igualmente a terceros, cubriendo el gasto económico que tu responsabilidad civil suscitara en los mismos.
  • Todo daño material y económico producido a puertos deportivosinstalaciones o embarcaciones, incluso sin la condición de impacto o colisión.
  • Gastos derivados de procesos judiciales de defensa y/o reclamación.

Tales coberturas se aplicarán también si los sucesos estipulados previamente ocurren por uso de la moto de personas autorizadas para ello por el propietario de la misma. El seguro de responsabilidad civil obligatorio no cubrirá, en ningún caso, cualquier daño que se genere en el propietario, pilotos autorizados o cualquier elemento de la moto de agua.

Es necesario recordar que estas condiciones contractuales presuponen la no participación en ninguna competición, regata o evento similar; de lo contrario, es necesaria la adquisición de un seguro extra que cubra la responsabilidad civil en estos casos, tal y como se regula en el ya citado Real Decreto 607/1999.

Es posible que, en función de la dedicación o el uso que vayas a emplear en tu moto de agua, consideres que las garantías de la responsabilidad civil obligatoria no sean suficientes para garantizarte la protección que precisas.

Por ello, las compañías aseguradoras ofrecen a los clientes la adquisición de coberturas complementarias en tu seguro para motos de agua, que equivalen a las de cualquier seguro de barcos y embarcaciones de recreo, siendo las más importantes las expuestas a continuación:

  • Pérdida total, que garantiza una indemnización en caso de que la moto de agua sufra un daño irreparable a causa de eventos como hundimiento, caída de rayo, golpe de mar o golpe de aire. La indemnización se basará en el valor venal de la moto acuática antes del siniestro.
  • Seguro voluntario para cubrir el límite de 336567€ del seguro obligatorio hasta una cantidad fijada en póliza pero que, por lo general, asciende hasta un total de 600000€.
  • Defensa y reclamación, que cubre los gastos de reclamación a un tercero en un incidente de navegación y la defensa jurídica en caso de no resolverse amistosamente.
  • Asistencia náutica, que ofrece servicios tan necesarios como un remolque de la moto acuática o salvamento marítimo si fuera preciso.
  • Averías particulares, que hacen referencia a todo daño parcial a la moto acuática producido por los mismos casos aplicables a la garantía de pérdida total.
  • Accidentes personales que supongan la defunción o la incapacidad permanente o temporal del piloto (que esté autorizado a su uso por el propietario en caso de no corresponder con el mismo), derivados de la posesión y uso de la moto de agua, que incluye situaciones en las que esta se halle varada. La compañía proporcionaría al beneficiario un capital en caso de defunción y un subsidio o pensión diaria en una incapacidad (cuyo grado condicionaría la cuantía a recibir).

Puedes usar nuestro formulario para ver las mejores ofertas de seguros para motos de agua y decidir cuál es la que más se adecúa a tu situación y capacidades económicas. No dudes en consultarnos sin compromiso cualquier tipo de duda que tengas sobre la obligatoriedad del seguro, las coberturas básicas y complementarias o cuál es el mejor seguro para tu moto de agua.