Seguro de Baja Laboral para Funcionarios
Si eres funcionario y cotizas en el Régimen General del INSS (Seguridad Social), en la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) o en el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) tienes derecho a una prestación por baja laboral para funcionarios.
Te alegrará saber que desde julio de 2018 queda derogado el Real Decreto-Ley 20/2012 según el cual cualquier trabajador funcionario público sufría una reducción del 50% de su base regulable entre el primer y el tercer día, y del 25% entre el cuarto y el vigésimo día, como medida para ajustar los Presupuestos Generales del Estado.
¿QUÉ COBRA UN FUNCIONARIO EN CASO DE BAJA LABORAL?
De esta forma, a partir de ahora tendrás como funcionario pleno derecho a percibir un 100% de la base regulable de cotización desde el primer día de baja médica. En cualquier caso, sigues con ciertas restricciones, ya que no se cambia la normativa vinculada a la retribución por productividad, que será perdida en caso de baja por incapacidad laboral durante un periodo prolongado.
Aunque esta retribución por concepto de productividad es variable y depende de la cualificación, el puesto de trabajo, etc., es una suma que puede llegar a rondar los 250-550 euros mensuales, por lo que la pérdida de estos ingresos puede significar una disminución en la calidad de vida durante el periodo en que estés de baja laboral como funcionario.
¿ES NECESARIA LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE BAJA LABORAL PARA FUNCIONARIOS?
Por eso la mejor opción de afrontar la baja laboral para funcionarios es contratar la póliza de un seguro de incapacidad laboral temporal que te abone un subsidio diario estipulado en las condiciones de la póliza y que puedes decidir cuanto mayor sea, más alta será la prima del seguro.
De esta forma seguirás cobrando las prestaciones por incapacidad laboral temporal en la Seguridad Social, MUFACE, MUGEJU o ISFAS y, al ser el seguro de carácter privado e independiente, recibir a la vez la indemnización de la aseguradora. Es sin duda la mejor elección, ya que sumando ambas prestaciones podrás superar la nómina mensual recibida.
Además, en un seguro ILT pueden incluirse coberturas complementarias que puedan interesar a ti o a tus familiares, como el subsidio por incapacidad laboral permanente, la hospitalización o el fallecimiento del asegurado. Todo ello se suma a la flexibilidad que ya te proporciona la elección del tipo de seguro, ya que puede ser baremado y no baremado.
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Somos una correduría que llevamos más de 20 años asesorando a nuestros clientes y debido a nuestro gran volumen tenemos acuerdos con las principales compañía para conseguir unos precios muy reducidos. Ademas contamos con un equipo especialista en seguros de baja laboral.
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