¿Qué se entiende por seguro de incendios?
Un seguro de incendio es la cobertura básica del seguro de hogar y proporciona cobertura ante daños derivados de un incendio o siniestros similares (que veremos en el apartado anterior). Es la única garantía legalmente obligatoria establecida por la Ley del Contrato del Seguro si se vincula a una hipoteca bancaria, debido al elevadísimo coste que un incendio supone tanto para el asegurado como para las terceras personas.
¿Qué cubre el seguro de hogar por incendio?
Toda cobertura contra incendios se basa en una indemnización para cubrir los daños ocasionados por los incendios, cuyos agentes no tienen por qué ser únicamente las llamas sino también el humo, el hollín o la ceniza que, en definitiva, afecten a la estructura del edificio, sus paredes, sus instalaciones y cableado, mobiliario, etc. Ten en cuenta que es posible que tu póliza del seguro solo considere los daños al continente, por lo que es importante consultarla o preguntar a la compañía.
Además, pueden ofrecerse coberturas opcionales en función de la aseguradora, entre las que se encuentran las siguientes:
- Alojamiento u hospedamiento provisional, algo lógico en muchos incendios por la peligrosidad del estado del edificio tras los mismos y las labores de apagado de fuego, revisión, supervisión, etc. Este hospedamiento se prolonga durante el tiempo que los efectos del incendio requieran y puede ser en hoteles u otras instalaciones.
- Gasto del personal y equipo de los bomberos en caso de que el incendio se haya producido por una negligencia del asegurado, abonando la compañía incluso hasta un 100% de los mismos.
- Traslado de los bienes, si son necesarios para la persona trasladada o han de ser movidos por requisitos del peligro, de la reforma o de la reestructuración de la vivienda; se incluyen también los gastos de retorno.
- Si el incendio produce una destrucción total del edificio o la vivienda, una cobertura ofrece al asegurado elegir entre la opción de cobrar la indemnización establecida en la póliza u optar por una reconstrucción de la vivienda, que puede incluso alcanzar la totalidad de los gastos asumidos, si bien depende de la compañía. Según las condiciones, aquí puede incluirse la reconstrucción del jardín y los elementos que lo constituyan.
- Ciertas pólizas ofrecen cobertura en caso de caída de rayo si este provoca una llama, incendio o daños en la instalación eléctrica.
Por contra, un seguro de incendios no cubre efectos derivados de la acción de un calor sin capacidad de propagarse (como la quemadura de una plancha), u objetos que caigan al fuego accidentalmente si el fuego estaba contenido debidamente en el sitio que le correspondía (por ejemplo, que se caiga un cuadro a la chimenea). Otra exclusión frecuente es la de los daños generados a objetos de valor especial como joyas, relojes, cuadros o dinero en metálico. Todas estas coberturas, no obstante, pueden contratarse de forma aparte con un pequeño incremento en la prima anual.
Por otro lado, si eres el propietario de la vivienda y la tienes arrendada debes asegurar el continente y tener cubierta la responsabilidad civil para no tener que abonar tú mismo una indemnización a terceros, que en un caso de incendio supondría la ruina económica. Si eres el arrendatario de una vivienda, lo ideal es que asegures el contenido que sean de tu propiedad, y no los que haya dejado el arrendador y la responsabilidad civil, por los mismos motivos que en el caso previo.
¿Cómo se determina el valor de la indemnización?
Tras un incendio y la notificación a la compañía de seguros, esta procederá al envío de un perito que concretará la causa del incendio, el valor de los daños producidos en el continente y contenido y, a partir de aquí, que la aseguradora pueda proceder a la indemnización. Esta se calcula en función del valor del continente, exceptuando el valor del suelo, que no se aplica, y del contenido si estuviera asegurado para esta cobertura; para ello, es importante notificar de antemano del mobiliario y bienes diversos dentro de la vivienda.
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